18
May, 2018
INFORME DE ASUNTOS TRATADOS EN SESIÓN DE FECHA 18 DE MAYO DE 2018
Posted by TEEY
El día de hoy, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Yucatán
(TEEY), celebró sesión pública, en
la que aprobó por unanimidad de votos
los Medios de Impugnación que a continuación se precisan.
- Expediente PES.-015/2018,
correspondiente al Procedimiento Especial Sancionador, interpuesto por el
C. CARLOS MIGUEL PÉREZ ANCONA, en su carácter de representante propietario
del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) en contra del H.
Ayuntamiento de Mérida, el Partido Acción Nacional, Mauricio Vila Dosal,
Renán Barrera concha, Paulina Viana Gómez, Víctor Merari Sánchez, Francisco
Rodríguez Vadillo, María de los Milagros Romero Bastarrachea, Manuel Díaz
Suárez, Zazhil Méndez Hernández, Dafne López Osorio, Filiberto García
Herrera, Aremy Mendoza Cuevas, María Febles Canul, Rosalba Centeno Ayala,
Víctor Maravé Sosa, Roberto Tolosa Peniche, Noé Pech Aguilar y Ángel
Antonio González Escalante, por el uso indebido de espacios destinados al
servicio público y la entrega de propaganda electoral en el mismo. La
parte denunciada difundió con fines publicitarios y propagandísticos la
fotografía del evento proselitista llevado a cabo en el Centro cultural
del Sur, por lo que la exposición de la fotografía en las redes sociales
generó que hubiera sobreexposición de la imagen de los menores de edad que
aparecen. Este órgano jurisdiccional concluye que, ante las solicitudes y
permisos otorgados por parte del Ayuntamiento de Mérida, para el uso del
Centro Cultural del Sur y ante la falta de elementos probatorios para
constatar la presunta entrega de propaganda electoral en dicho loca
público, se declararon inexistentes los hechos denunciados en cuanto la
violación al principio de equidad en la contienda por uso indebido de
espacios públicos. Por otro lado, y como consecuencia de que si bien
existe prueba plena de que se difundieron imágenes correspondientes a
propaganda proselitista difundida en redes sociales que incluyen menores
de edad, lo cierto es que existe el consentimiento de los padres o
titores, así como también la opinión informada de la niña o niño que
aparecen en dichas imágenes, por lo que también se considera inexistente
la infracción consistente a la violación al principio del interés superior
de la niñez.
- Expediente PES.-018/2018,
correspondiente al Procedimiento Especial Sancionador, interpuesto por el
C. Juan Alberto Cordero González, en contra del C. Jorge Enrique Pérez
Parra, Presidente Municipal de Conkal, Yucatán, por el uso indebido de
Recursos Públicos e incumplimiento del principio de imparcialidad, al
realizar proselitismo en días y horas hábiles en su perfil de red social
“Facebook”. En el proyecto de resolución se declaró inexistente la
infracción, toda vez, que no se ofrecieron las pruebas suficientes para
acreditar una posible transgresión al principio de imparcialidad.
18 de mayo de 2018