4
Ene, 2019

INFORME DE ASUNTOS TRATADOS EN SESIÓN DE FECHA 4 DE ENERO DE 2019

Posted by TEEY

El día de hoy, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY), celebró sesión pública, en la que aprobó por unanimidad de votos los Medios de Impugnación que a continuación se precisan.

 

·        Expediente JDC.-025/2018, correspondiente al Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, interpuesto por el ciudadano LUIS EDUARDO KU MAY, en contra de la elección de comisarios municipales de la localidad Emiliano Zapata, del municipio de Oxkutzcab, Yucatán, por la emisión de la convocatoria en contra de los plazos y términos expresados en la ley y la falta de publicidad de la misma, así como también por supuestas irregularidades y violaciones cometitas en la jornada electoral. En el proyecto de resolución se declararon infundados e inoperantes los agravios; toda vez que, en el primer caso el H. Ayuntamiento de Oxkutzcab, emitió una convocatoria en tiempo y forma, por lo que cumple con lo establecido en la Ley correspondiente; mientras que en el segundo caso, no se determinaron circunstancias de modo, tiempo y lugar aunado que el actor no aportó medio de prueba alguno mediante el cual evidencie sus declaraciones. Por lo anterior se confirman los resultados consignados en el acta de la jornada electoral del proceso de selección de comisario municipal.

 

·        Expediente JDC.-028/2018, correspondiente al Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, interpuesto por la ciudadana DALIX MARÍA MATA CHAN Y OTROS, en contra de la elección de autoridades auxiliares de la subcomisaría de Sodzil Norte, del municipio de Mérida, Yucatán, por la supuesta utilización de un plano que imposibilitó a diversos ciudadanos emitir su sufragio, también alegaron que la candidata ganadora utilizó colores institucionales de los Partidos Acción Nacional y Movimiento Ciudadano. En el proyecto de resolución se declararon infundados e inoperantes los agravios, en el primer caso, no se acreditó que se haya impedido, sin causa justificada, ejercer el derecho de voto a algún ciudadano, ya que a los que no se les permitió votar fue por no estar dentro del referido perímetro previamente delineado; en el segundo caso, la normatividad en ningún momento prohíbe la utilización de determinados colores, ni tampoco señala prohibición alguna de recurrir a colores utilizados por los partidos políticos en la propaganda, por lo anterior se confirma el resultado de la elección de autoridades auxiliares, correspondiente a la subcomisaría de Sodzil Norte.

 

·        Expediente JDC.-029/2018, correspondiente al Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, interpuesto por el ciudadano JUAN ALBERTO BAAS TEC, a fin de impugnar la elección de comisario de la localidad de Tahdzibichén, del municipio de Mérida, Yucatán, por la vulneración a los principios de equidad y legalidad, durante el desarrollo de la jornada comicial, por diversas irregularidades entre las que se encuentran: supuestas violaciones en el periodo de campaña y de elección municipal así como también la supuesta intervención de servidores públicos del Ayuntamiento de Mérida, quienes, a decir del actor, utilizaron recursos públicos para favorecer a la candidata ganadora.  no cumplió con la carga procesal que se exigen a todo recurrente que pretende demostrar hechos con pruebas. En el proyecto de resolución se declararon infundados e inoperantes los agravios ya que el actor no cumplió con la carga procesal que se exigen a todo recurrente que pretende demostrar hechos con pruebas, por lo que se confirman los resultados del Acta de Cómputo Municipal, y la Declaración de Mayoría y de Validez de la Elección de Autoridades Auxiliares de la localidad de Tahdzibichén, Mérida, Yucatán.



4 de enero de 2019