13
Nov, 2019

INFORME DE ASUNTOS TRATADOS EN SESIÓN DE FECHA 13 DE NOVIEMBRE DE 2019

Posted by TEEY

El día de hoy, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY), celebró sesión pública, en la que aprobó por unanimidad de votos los Medios de Impugnación que a continuación se precisan.


·        Expediente RA.-01/2019 y su acumulado RA.-02/2019, correspondiente al Recurso de Apelación, interpuesto por el PARTIDO MOVIMIENTO CIUDADANO Y EL PARTIDO DEL TRABAJO, en contra de la aprobación del acuerdo C.G.- 019/2019 emitido por el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán, en el que se aprobó el financiamiento público para los partidos políticos con derecho al ejercicio del año 2020. Los partidos Movimiento Ciudadano y del Trabajo, consideraron que se les negó el acceso a financiamiento público para actividades ordinarias, permanentes y específicas. En el proyecto de resolución se confirma el acuerdo C.G.- 019/2019 aprobado por el Instituto Electoral, toda vez que los partidos apelantes, no alcanzaron el 3% de la votación válida emitida en la elección local anterior.


·        Expediente JDC.-023/2019, correspondiente al Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, promovido por LEICY MINELIA NAH CANUL, a fin de controvertir la omisión del Presidente Municipal del H. Ayuntamiento de Umán, Yucatán, y del H. Congreso del Estado de Yucatán, de dar respuesta a los escritos de fecha trece de enero y diez de abril del año en curso, respectivamente. En el proyecto de resolución se desecha de plano la demanda al no haberse admitido, toda vez que, las autoridades responsables acreditan que han dado respuesta a dichas solicitudes y notificado a la actora, por lo que es evidente que el acto reclamado ha quedado sin materia.


·        Expediente JDC.-026/2019, correspondiente al Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, promovido por MARÍA PORFIRIA MAY BAAS, a fin de controvertir la omisión del Presidente Municipal del H. Ayuntamiento de Tekantó, Yucatán, y del H. Congreso del Estado de Yucatán, de dar respuesta a los escritos de fecha trece de enero y veinticuatro de mayo del año en curso, respectivamente. En el proyecto de resolución se sobresee respecto a los actos atribuidos al H. Congreso del Estado de Yucatán ya que dicha autoridad acreditó que ha dado respuesta a la solicitud y ha notificado personalmente a la peticionaria por lo que es evidente que el acto reclamado, ha quedado sin materia. Por otro lado, se declara fundado el agravio, respecto de los actos atribuidos a la Presidenta Municipal del H. Ayuntamiento de Tekantó, Yucatán ya que, hasta la presente fecha, la autoridad responsable no ha dado respuesta a la petición formulada por la actora, por lo tanto, se ordena a la Presidenta Municipal dicho Ayuntamiento, otorgue la respuesta que en derecho proceda a la actora y la notifiquen personalmente.


13 de noviembre de 2019