4
Dic, 2019

INFORME DE ASUNTOS TRATADOS EN SESIÓN DE FECHA 4 DE DICIEMBRE DE 2019

Posted by TEEY

El día de hoy, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY), celebró sesión pública, en la que aprobó por unanimidad de votos los Medios de Impugnación que a continuación se precisan.


·        Expediente JDC.-024/2019, correspondiente al Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, promovido por la C. MARÍA MERCEDES NAH DÍAZ, a fin de controvertir la omisión del Presidente Municipal del H. Ayuntamiento de Tixkokob, Yucatán, y del H. Congreso del Estado de Yucatán, de dar respuesta a los escritos de fecha quince de febrero y veinticuatro de mayo del año en curso, respectivamente. En el proyecto de resolución, se sobresee la demanda en el caso del H. Congreso del Estado de Yucatán, ya que ha dado respuesta a la actora y por otro lado, se declara fundado el agravio, respecto a la omisión del Presidente Municipal del H. Ayuntamiento de Tixkokob, Yucatán ya que, hasta la presente fecha, la autoridad responsable no ha dado respuesta a la petición formulada por la actora, por lo tanto, se ordena al Presidente Municipal de dicho Ayuntamiento que en un plazo de 3 días contados a partir de la notificación, otorgue la respuesta que en derecho proceda a la actora y la notifiquen personalmente.


·        Expediente JDC.-027/2019, correspondiente al Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, promovido por la C. BLANCA ROSA ARANA, a fin de controvertir la omisión del Presidente Municipal del H. Ayuntamiento de Hoctún, Yucatán, y del H. Congreso del Estado de Yucatán, de dar respuesta a los escritos de fecha cuatro de febrero y veinticuatro de mayo del año en curso, respectivamente. En el proyecto de resolución, se sobresee la demanda en el caso del H. Congreso del Estado de Yucatán, ya que ha dado respuesta a la actora y por otro lado, se declara fundado el agravio, respecto de los actos atribuidos al Presidente Municipal del H. Ayuntamiento de Hoctún, Yucatán ya que, hasta la presente fecha, no ha dado respuesta a la petición manifestada por la actora, por lo tanto, se ordena al Presidente Municipal de dicho Ayuntamiento que en un plazo de 3 días contados a partir de la notificación, otorgue la respuesta que en derecho proceda a la actora y la notifiquen personalmente.


4 de diciembre de 2019