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INFORME DE ASUNTOS TRATADOS EN SESIÓN DE FECHA 22 DE JUNIO DE 2018
Posted by TEEY
El día de hoy, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Yucatán
(TEEY), celebró sesión pública, en
la que aprobó por unanimidad de votos
los Medios de Impugnación que a continuación se precisan.
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Expediente
PES.- 032/2018 correspondiente al Procedimiento Especial Sancionador,
interpuesto por los ciudadanos Rita de la Cruz Farjat Vázquez, María Eugenia Núñez Zapata, Juan
Elías Chaia Shaadi y Alberto Arjona Ordaz; en contra del Partido Acción Nacional, Partido Movimiento Ciudadano y
el C. Jorge Enrique Pérez Parra, Presidente Municipal de Conkal, Yucatán y
candidato a reelegirse de los partidos antes mencionados; por el uso indebido
de recursos públicos y en el incumplimiento del principio de imparcialidad, al
asistir a actividades proselitistas. En el proyecto de resolución se declararon
inexistentes las infracciones denunciadas; toda vez que, las pruebas no logran
acreditar las circunstancias de tiempo, modo y lugar del acto y tampoco se
ofertó argumento alguno que de manera clara y precisa lleve a suponer que el
denunciado realizó en día hábil actos proselitistas.
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Expediente
PES.- 034/2018 correspondiente al Procedimiento Especial Sancionador,
interpuesto por los ciudadanos María Eugenia Núñez Zapata y Alberto Arjona Ordaz; en contra del Partido Acción Nacional, Partido
Movimiento Ciudadano y el C. Freddy de Jesús Ruz Guzmán, Presidente Municipal
de Umán, Yucatán y candidato al mismo cargo por los partidos antes mencionados;
por la presunta violación a los principios de legalidad e imparcialidad,
derivada de la participación en actividades proselitistas en días y horas
hábiles. En el proyecto de resolución se declararon inexistentes las
infracciones denunciadas; toda vez que, dichas actividades fueron realizadas de
conformidad con las reglas establecidas en el acuerdo C.G.-41/2018, emitido por
el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de
Yucatán que establece los criterios que deben observar las y los candidatos que
pretendan reelegirse en el proceso electoral ordinario 2017-2018 y que no se
separaron del cargo, en tal virtud es de concluir que el candidato ajustó su
conducta a normas que fueron emitidas por la autoridad competente en la
materia, que se encuentran vigentes, y que tienen plena validez jurídica.
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Expediente
PES.- 035/2018 correspondiente al Procedimiento Especial Sancionador, interpuesto
por los ciudadanos María
Eugenia Núñez Zapata, Juan Elías Chaia Shaadi y Alberto Arjona Ordaz; en contra del Partido Revolucionario
Institucional y de la C. Liliana Elvira Araujo Lada, candidata a reelegirse
como Presidenta Municipal de Tekantó, Yucatán del partido antes mencionado; por
la participación de la referida servidora pública en actividades proselitistas
en horas y días hábiles. En el proyecto de resolución se declaró inexistente la
infracción denunciada; ya que no se ofertó el material probatorio que
corroborara que la Presidenta Municipal, dentro de una hora y día hábil,
descuidó sus funciones públicas para asistir y realizar actos de campaña
electoral para reelegirse por el cargo que ostenta actualmente.
22 de junio de 2018