6
Ago, 2021

INFORME DE ASUNTOS TRATADOS EN SESIÓN PRIVADA

Posted by TEEY

El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY), celebró sesión privada, como se determinó en el Acuerdo de fecha 18 de mayo del 2020, con la finalidad de reducir el riesgo de contagio de la enfermedad causada por el virus COVID-19. En dicha sesión se aprobó por unanimidad de votos el medio de impugnación que a continuación se precisa:

 

Expediente PES-017/2021, correspondiente al Procedimiento Especial Sancionador; promovido por el ciudadano Juan Pablo Silva Medina, representante suplente del Partido MORENA, ante el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán, en contra de los ciudadanos Juan Gualberto Barea Canul, Encargado de la Dirección General del Sistema DIF en Yucatán; Verónica Josefina Cetina Arjona, Presidenta del DIF Municipal; Susy del Socorro Pasos Alpuche, Directora del DIF Municipal; Alejandro Iván Ruz Castro, Presidente Municipal del Ayuntamiento de Mérida y candidato a regidor del Ayuntamiento de Mérida por el PAN; Renán Alberto Barrera Concha candidato a Presidente Municipal de Mérida por el PAN; Cecilia Anunciación Patrón Laviada, candidata a Diputada Federal en el Distrito 4, por el PAN; Jesús Efrén Pérez Ballote, candidato a Diputado en el Distrito 1 local, por el PAN; Asís Francisco Cano Cetina, Presidente del Comité Directivo Estatal del PAN y/o quienes resulten responsables por hechos que pudieren constituir faltas en materia electoral, consistentes en la infracción del principio de neutralidad, uso indebido de recursos públicos y entrega de beneficios directos e inmediatos en especie para condicionar el voto.

Respecto de las conductas denunciadas, el actor aduce uso indebido de recursos públicos y coacción del voto, señalando lo siguiente.:

·        El once de mayo de 2021, en la calle 8 entre 43 de la colonia Salvador Alvarado Sur, de esta ciudad de Mérida, Yucatán, una camioneta con logotipos del Gobierno del Estado de Yucatán, estaba siendo conducida por personas quienes entregaban despensas, carne, pollo y huevos a la gente que se encontraba enlistada para recibir dichos apoyos.

·        El doce de mayo de 2021, en la sede del DIF Municipal ubicada en la colonia Fidel Velázquez de esta ciudad de Mérida, Yucatán, fueron entregados artículos perecederos en modalidad de despensas, en concreto, arroz y frijol, para esto, se usaron las instalaciones del DIF Municipal, empleados de esta dependencia municipal entregaban los beneficios.

En el caso concreto, del estudio individual y conjunto de los medios probatorios que obran en el expediente, puede señalarse que está acreditado el reparto de cajas con huevos en la colonia Salvador Alvarado Sur, el once de mayo del año en curso, en la modalidad a domicilio, realizado por personal del Sistema DIF Estatal; también se encuentra acreditada la existencia y ejecución de un programa social aprobado denominado “Programa de Seguridad Alimentaria en Comisarías y Zonas Vulnerables”, mismo que es de carácter prioritario por estar dirigido a combatir la pobreza de una población vulnerable de la ciudad y que el reparto de la mercancía a que se refiere la denuncia responde a la ejecución de éste.

En relación a dicho programa, es importante señalar, que esta autoridad observó que no fue implementado de manera espontánea con fines electorales, puesto que sus reglas de operación fueron implementadas mediante el acuerdo Sedesol 14/2021, publicadas en el Diario Oficial del nueve de febrero de dos mil veintiuno. Por lo que se concluyó que, no está acreditado de forma alguna, que el programa antes mencionado, se haya implementado y ejecutado en beneficio de una candidatura, mucho menos de manera particular para favorecer a los candidatos denunciados. Esto es, ninguna prueba existe que vincule la ejecución del programa con un llamado al voto, condicionamiento, coacción o presión a persona alguna, mucho menos de manera individualizada. En este sentido, los agravios resultaron infudados.

Respecto de los hechos del doce de mayo se encuentra acreditada la presencia de personas con pantalón azul y camisas con el logotipo del Gobierno del Estado, así como de personas con camisetas con propaganda de Cecilia Patrón que auxiliaban en la entrega de bolsas con arroz, frijol y otros productos no visibles, así como de mototaxis estacionados con propaganda de dicha candidata, sin que se establezca si se trataban de una o varias personas o que la propaganda de la candidata estuviere en uno o más mototaxis en el sitio donde se entregaban las mercancías citadas. También se acreditó que el local al que hace referencia la oficialía electoral pertenece a una dependencia del Sistema DIF Yucatán, denominada Centro de Desarrollo Familiar Urbano Humberto Lara y Lara.

Sin embargo, no se encuentra acreditado en el expediente, la entrega por parte de las autoridades municipales denunciadas, ni por personal del DIF municipal, de las mercancías, ni que la entrega de mercancías fuere realizada en un local del DIF Municipal, o en un local usado por el DIF Municipal u otra dependencia municipal, como ha quedado expuesto previamente.

En ese sentido, toda vez que las faltas a la normativa electoral reclamadas, consistente en vulneración al principio de imparcialidad, uso indebido de recursos públicos y coacción del voto fueron atribuidos a funcionarios del DIF Municipal de Mérida, y en razón de que no se acredita con prueba alguna, su participación personal o por medio de terceros, en los hechos materia de denuncia, ni de las dependencias o personal que representan, esta autoridad determinó que no se actualizan las faltas que se reclaman, por lo que, esta autoridad concluyó que son inexistentes las faltas que se atribuyen a los denunciados.

Por tanto, al no actualizarse ninguna de las infracciones denunciadas, se declararon inexistentes las infracciones a la normatividad electoral, consistente en la vulneración del principio de neutralidad, el uso indebido de recursos públicos y la coacción del voto, por parte de los denunciados.

 

 

Boletín informativo

6 de agosto de 2021