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TRIBUNAL ELECTORAL ORDENA AL ALCALDE DE VALLADOLID TRANSPARENTAR LA CUENTA PÚBLICA
Posted by TEEY
En un término no
mayor a siete días hábiles, el Ayuntamiento de Valladolid tendrá que convocar a
una sesión de Cabildo para someter nuevamente a consideración de los regidores
la Cuenta Pública de diciembre del 2022, proporcionándoles toda la
documentación e información correspondiente.
Mérida, Yucatán, 9
de mayo de 2023.- El Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) determinó
como fundado el agravio promovido por dos regidores del Ayuntamiento de
Valladolid en el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales
del Ciudadano (JDC), expediente 004/2023, en contra del alcalde Alfredo
Fernández Arceo y el secretario
municipal Manuel Jesús Loría Santoyo, por lo que les ordenó entregarles la
documentación completa de la Cuenta Pública correspondiente al mes de diciembre
del 2022.
En sesión pública realizada este martes 9 de mayo, el
Pleno del TEEY votó de manera unánime a favor del proyecto de la magistrada
presidenta, Lissette Guadalupe Cetz Canché, en el que se señala que las
autoridades responsables no cumplieron con lo señalado en el artículo 63
Fracción VI de la Ley de Gobierno de los Municipios del Estado de Yucatán, en
el que se indica que a los regidores se les debe entregar la documentación
relativa a la Cuenta Pública –información contable, información presupuestaria,
información programática e información complementaria- en un plazo previo de
tres días antes de la sesión de Cabildo para su aprobación.
La magistrada abundó que el alcalde y el secretario
municipal vulneraron el derecho político-electoral de ser votado de los
denunciantes Yolanda Guadalupe Torres Bautista y Antonio Núñez Chi, en su vertiente
de desempeñar el cargo para el cual fueron electos, al no proporcionales la
información y documentación necesaria para analizar la Cuenta Pública de
diciembre de 2022, ya que sólo se les proporcionó un estado de resultados en la
sesión de Cabildo del pasado 14 de febrero del año en curso. Esta situación
obstaculizó la oportunidad de que los regidores puedan discutir y emitir su
voto en los puntos sometidos a consideración en dicha sesión.
En ese sentido, para restituir el derecho violentado de
los regidores, el TEEY determinó dejar sin efectos el acta de Cabildo de esa
fecha, en el que se aprobó la mencionada Cuenta Pública y, en consecuencia,
revocar los acuerdos tomados en éstas por encontrarse viciada de origen.
Por lo tanto, a fin de que los promoventes gocen de su
derecho político-electoral de ser votado, se ordenó que en un plazo no mayor a siete
días hábiles, el Ayuntamiento de Valladolid convoque a una nueva sesión de
Cabildo para someter nuevamente a consideración de los regidores los puntos
tratados en la sesión que quedó sin efectos, proporcionándoles toda la documentación
necesaria para la revisión de la Cuenta Pública correspondiente al mes de
diciembre del año pasado.