TEEY ordena al IEPAC realizar un nuevo acuerdo para aumentar las diputaciones indígenas
Posted by TEEY
Mérida, Yucatán, 8 de diciembre de 2023.-Al analizar el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, identificado con la clave JDC-022/2023 y Acumulados, el Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) revocó el acuerdo C.G.-043/2023 del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (Iepac) y le ordenó realizar uno nuevo por medio del cual garantice que haya más candidaturas indígenas para las diputaciones de Mayoría en las elecciones del 2024.
En la sesión pública, la magistrada presidenta
Lissette Guadalupe Cetz Canché explicó que para poder estudiar ese juicio se
acumularon otros 12 para ser un total de 13, presentados por diversos
ciudadanos, toda vez que existe conexidad en la causa porque impugnaron el
mismo acuerdo, el cual aborda los Lineamientos de las acciones afirmativas para el cumplimiento de paridad de género en el registro de candidaturas e integración
del Congreso del Estado y los Ayuntamientos, así como para el registro de
candidaturas indígenas y afromexicanas, personas de la diversidad sexual,
personas con discapacidad, personas jóvenes, personas adultas mayores y
personas en situación de pobreza.
Al abundar sobre esta sentencia, la magistrada
indicó que en lo relativo a las diputaciones de Mayoría relativa, le
asiste la razón a las y a los quejosos, porque se evidencia un trato desigual y
sí se afecta el derecho del pueblo maya, en cuanto a que el acuerdo
del Iepac señala que se deben postular candidaturas indígenas en sólo dos
distritos electorales.
Precisó que el mencionado
acuerdo vulnera el principio de progresividad en su
vertiente de prohibición de regresión, sobre la base de que sí se
vulnera la participación de la comunidad indígena, ya que en el proceso
electoral anterior se determinó como cuota de acción afirmativa dos
diputaciones indígenas, cuando es bien sabido que con la nueva distritación
hecha en Yucatán se aumentaron los distritos uninominales, pasando de 15 a 21.
Por lo tanto, agregó la
magistrada Cetz Canché, se observa que sí existe un retroceso en cuanto a las
candidaturas indígenas si se toma en cuenta que el estado está conformado en su
mayoría por población maya, por lo que se debe tomar en consideración más
distritos electorales como cuota afirmativa para este sector.
“Se debió actualizar el número de distritos
indígenas de acuerdo con el criterio demográfico de población indígena y más en
relación a la nueva distritación. Luego entonces, mantener el número de
diputaciones igual al del proceso electoral pasado y elegir en el presente el
mismo número, sí afecta directamente a este grupo, por tener menos
espacios para su beneficio”, señaló.
Por tal razón, el TEEY sentenció la revocación del
acuerdo C.G.-043/2023 y ordenó que en un plazo máximo de cinco días, el Consejo
General del Iepac emita uno nuevo que establezca que, de los distritos
electorales cuya concentración de población indígena sea mayoritario, se garanticen
más candidaturas indígenas de diputaciones de Mayoría relativa.
Y en lo relativo a otros agravios reclamados en
el JDC-022/202 y Acumulados, el Tribunal los declaró infundados.
En la sesión del Pleno también se abordó el
JCD-041/2023, cuyo ponente fue el magistrado Fernando Bolio Vales y que fue
presentado por el ciudadano Luis García López. El juicio fue declarado como
infundado, ya que se corroboró que el quejoso presentó de manera extemporánea
la documentación requerida por el Iepac para que pudiera ser considerado
aspirante a una candidatura independiente en Mérida.