
TEEY amonesta a excandidato de Morena en Dzemul por vulnerar el interés superior de la niñez
Posted by TEEY
Mérida,
Yucatán, 18 de junio de 2024.-Al analizar
el Procedimiento Especial Sancionador instaurado en el
expediente PES-012/2024, el Tribunal Electoral del Estado de Yucatán
(TEEY) amonestó públicamente al excandidato de Morena a la alcaldía de Dzemul,
Yuntzil Donato Aké Martínez, al contravenir el Artículo 4° de la
Constitución Mexicana y los Lineamientos para la Protección de Niñas, Niños y
Adolescentes en materia de propaganda y mensajes electorales
del Instituto Nacional Electoral (INE).
Dicho
recurso fue promovido por Movimiento Ciudadano, argumentando que se vulneró el
interés superior de la niñez, debido a que el entonces candidato difundió
material visual en su cuenta de Facebook en la que aparecieron menores de edad
sin el rostro difuminado.
El
magistrado Fernando Bolio Vales, encargado de la sentencia, precisó que se
considera existentes las faltas hechas valer por el partido
demandante, ya que Aké Martínez incumplió con su obligación
constitucional, convencional y legal de salvaguardar el interés superior de las
niñas, niños y adolescentes.
De
acuerdo con el expediente de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del
Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (Iepac), se le solicitó al
denunciado copias de los escritos debidamente requisitados por quienes
ejercen la patria potestad o tutela de cada uno de los menores
que aparecen en las imágenes publicadas, en los cuales
debieron consentir su aparición, tal lo cual se ordena en los
Lineamientos del INE. Sin embargo, no se recibió respuesta por
parte del candidato morenista, a pesar de que fue notificado
personalmente.
Cabe
mencionar que de acuerdo con información proporcionada por la empresa Meta
Platforms Inc., se confirmó que la mencionada cuenta de
Facebook es administrada por dicha persona, por lo que él es el responsable de los
contenidos difundidos en ésta.
En
consecuencia, agregó el magistrado Bolio Vales, se declara existente la
infracción objeto de la denuncia en contra del ciudadano Aké
Martínez, así como del partido Morena por culpa in vigilando,
pues estaba obligado a cuidar los contenidos que se publican en las
redes sociales de su candidato. Por todo lo anterior, la sentencia consistió en
una amonestación pública.
En
otro asunto, pero del expediente PES-011/2024, se declaró como inexistente la
acusación de uso de recursos públicos en su modalidad de programas
federales con fines electorales que se le atribuía a ese mismo candidato de
Dzemul.
En
la sesión, el TEEY también analizó el expediente PES-010/2024, en la que
determinó como inexistentes las infracciones atribuidas al excandidato de
Morena a la alcaldía de Ticul, Humberto Parra Sosa, de supuesta propaganda
política con menores de edad y uso de símbolos religiosos.
Asimismo, sentenció
como inexistentes los agravios en contra del excandidato del PAN a
la alcaldía de Teya, José Bernardo Rodríguez Arceo, sobre aparente uso de
recursos públicos para actos de precampaña y campaña, promoción personalizada y
la violación al interés superior de la niñez, entre otros, los cuales fueron analizados
en el expediente PES-04/2024.