TEEY amonesta a alcalde de Tizimín y ordena pago a comisarios
Posted by TEEY
Mérida, Yucatán,
28 de agosto de 2024.- Al analizar el
Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía
(JDC) marcado con el expediente JDC-039/2024 y sus Acumulados, el Tribunal
Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) ordenó al Presidente Municipal y al
Tesorero del Ayuntamiento de Tizimín, Pedro Couoh Suaste y Luis Alberto Vázquez
Vargues, respectivamente, a cubrir el pago de todos los salarios adeudados a
ocho comisarias y comisarios municipales de esa localidad.
La magistrada
presidenta Lissette Guadalupe Cetz Canché explicó que dichos recursos fueron
promovidos por Miguel Ángel Pat Poot, Arturo Cocom Tun, José Gaspar Loría
Reyes, Luis Dzib Lizama, Elsy María Chablé Balam, Suemy Candelaria Maas Mut,
José Moisés Chan Uc y María Natividad Gijón Tec, en su calidad de autoridades
auxiliares en las comisarías de ese municipio.
En sus demandas,
las y los promoventes solicitaron al TEEY que ordene al Alcalde y al Tesorero
que reconozca y otorgue el pago de una remuneración económica adecuada y
proporcional a sus funciones como servidores públicos, que no deberá ser
inferior al salario mínimo vigente y de manera retroactiva de que iniciaron el
ejercicio de sus cargos.
En la sentencia
se declaró como fundado el agravio, debido a que la remuneración de los
servidores públicos que desempeñan cargos de elección popular es un derecho
inherente a su ejercicio y se configura como una garantía institucional para el
funcionamiento efectivo e independiente de la representación, por lo que toda
afectación indebida a la retribución vulnera el derecho fundamental a ser
votado en su vertiente de ejercicio del cargo.
La magistrada
indicó que las autoridades responsables fueron omisas en efectuar el pago de
los salarios que reclaman los ocho comisarios y comisarias a partir de que
tomaron posesión a la fecha, por lo que se les ordena cubrir toda esa
remuneración adeudada en un plazo de tres días a partir de ser notificadas.
Asimismo, como
parte de la sentencia, Pedro Couoh Suaste y Luis Alberto Vázquez fueron
amonestados públicamente por el TEEY.
Sancionan a
administradores de páginas de Facebook por violencia política
En otros
asuntos, el Pleno del TEEY resolvió dos Procedimientos Especiales
Sancionadores, con claves PES-017/2024y PES-020/2024,
por medio de los cuales sancionó a los administradores de páginas de la red
social Facebook por cometer violencia política en razón de género en contra
mujeres que participaron como candidatas en el proceso electoral pasado en
Chumayel y Umán.
El
magistrado Fernando Bolio Vales, quien estuvo a cargo de los proyectos de
sentencia, señaló que en ambos casos se acreditó el agravio, toda vez que
la publicaciones en las redes sociales tuvieron por objeto o resultado
menoscabar o anular el reconocimiento, goce y/o ejercicio de los derechos
político-electorales de las quejosas frente al electorado de los
municipios en los que contendieron, basándose en elementos de género.
En el primer caso, la denuncia
presentada por la ciudadana, con datos personales protegidos, fue en
contra de las personas que administran las páginas y/o usuarios de la red
social Facebook: "Que todo Chumayel se entere"; "María
Elenita Dzul Moo"; "Pamela Chu";
"Elio Xicum Coba" y Gaby Loeza, en perjuicio de su
derecho político-electoral a ser votada en una campaña libre de violencia
política de género y discriminación.
Al
analizarse la queja, se acreditó la violencia simbólica y psicológica, al
haberse constatado las publicaciones difundidas en las
que se observa la intención de incidir en los usuarios de Facebook
haciendo pública su vida privada, con calificativos de prepotente,
ambiciosa y capaz de traicionar a la gente para acceder a cargos de poder. Con
estas difamaciones y denigraciones se puso en entredicho su
capacidad para la política.
En el segundo
caso, la denuncia presentada por
una candidata con datos protegidos fue en contra de la persona
que administra y/o generó información difundida en la página de
Facebook “Umán sin Censura”, en la que se reprodujeron estereotipos
de género, causando una afectación injustificada en su imagen, honra o
dignidad, condición que vulneró desproporcionadamente su derecho a la
participación política en el proceso electoral municipal.
El magistrado explicó que dichas
publicaciones, en el contexto de una elección municipal, en la que la
quejosa era una de las dos mujeres contendientes frente a tres
candidaturas de hombres, se observa toda la intención de
descalificarla, basándose en estereotipos de género que reproducen la idea
machista de que una mujer, en política, no puede ganarle a un hombre.
En ambos expedientes, el TEEY
determinó amonestar públicamente a los administradores de las páginas y los
perfiles de Facebook involucradas en los hechos. Además, como medida de
reparación, fueron inscritos en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en
Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, por el
plazo de tres años.
En otros asuntos, se declararon
inexistentes los agravios planteados por el PAN y Morena en el expediente
PES-016/2024, en contra del excandidato del PRI a la alcaldía de Telchac Puerto
por supuestamente contravenir las normas sobre propaganda política y violación
de los principios de imparcialidad y equidad en la contienda electoral.
Y por último, se amonestó
públicamente al Partido Verde Ecologista de México al vulnerar la equidad de la
contienda, al difundir los promocionales de radio y televisión “YUCATÁN PROG
SOC”, tras analizar el expediente PES-019/2024, promovido por el PRD.