28
Ago, 2024

TEEY amonesta a alcalde de Tizimín y ordena pago a comisarios

Posted by TEEY

Mérida, Yucatán, 28 de agosto de 2024.- Al analizar el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía (JDC) marcado con el expediente JDC-039/2024 y sus Acumulados, el Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) ordenó al Presidente Municipal y al Tesorero del Ayuntamiento de Tizimín, Pedro Couoh Suaste y Luis Alberto Vázquez Vargues, respectivamente, a cubrir el pago de todos los salarios adeudados a ocho comisarias y comisarios municipales de esa localidad. 

 

La magistrada presidenta Lissette Guadalupe Cetz Canché explicó que dichos recursos fueron promovidos por Miguel Ángel Pat Poot, Arturo Cocom Tun, José Gaspar Loría Reyes, Luis Dzib Lizama, Elsy María Chablé Balam, Suemy Candelaria Maas Mut, José Moisés Chan Uc y María Natividad Gijón Tec, en su calidad de autoridades auxiliares en las comisarías de ese municipio.

 

En sus demandas, las y los promoventes solicitaron al TEEY que ordene al Alcalde y al Tesorero que reconozca y otorgue el pago de una remuneración económica adecuada y proporcional a sus funciones como servidores públicos, que no deberá ser inferior al salario mínimo vigente y de manera retroactiva de que iniciaron el ejercicio de sus cargos.

 

En la sentencia se declaró como fundado el agravio, debido a que la remuneración de los servidores públicos que desempeñan cargos de elección popular es un derecho inherente a su ejercicio y se configura como una garantía institucional para el funcionamiento efectivo e independiente de la representación, por lo que toda afectación indebida a la retribución vulnera el derecho fundamental a ser votado en su vertiente de ejercicio del cargo. 

 

La magistrada indicó que las autoridades responsables fueron omisas en efectuar el pago de los salarios que reclaman los ocho comisarios y comisarias a partir de que tomaron posesión a la fecha, por lo que se les ordena cubrir toda esa remuneración adeudada en un plazo de tres días a partir de ser notificadas.

 

Asimismo, como parte de la sentencia, Pedro Couoh Suaste y Luis Alberto Vázquez fueron amonestados públicamente por el TEEY.

 

 

Sancionan a administradores de páginas de Facebook por violencia política

 

En otros asuntos, el Pleno del TEEY resolvió dos Procedimientos Especiales Sancionadores, con claves PES-017/2024y PES-020/2024, por medio de los cuales sancionó a los administradores de páginas de la red social Facebook por cometer violencia política en razón de género en contra mujeres que participaron como candidatas en el proceso electoral pasado en Chumayel y Umán.

 

El magistrado Fernando Bolio Vales, quien estuvo a cargo de los proyectos de sentencia, señaló que en ambos casos se acreditó el agravio, toda vez que la publicaciones en las redes sociales tuvieron por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce y/o ejercicio de los derechos político-electorales de las quejosas frente al electorado de los municipios en los que contendieron, basándose en elementos de género. 

 

En el primer caso, la denuncia presentada por la ciudadana, con datos personales protegidos, fue en contra de las personas que administran las páginas y/o usuarios de la red social Facebook: "Que todo Chumayel se entere"; "María Elenita Dzul Moo"; "Pamela Chu"; "Elio Xicum Coba" y Gaby Loeza, en perjuicio de su derecho político-electoral a ser votada en una campaña libre de violencia política de género y discriminación.

 

Al analizarse la queja, se acreditó la violencia simbólica y psicológica, al haberse constatado las publicaciones difundidas en las que se observa la intención de incidir en los usuarios de Facebook haciendo pública su vida privada, con calificativos de prepotente, ambiciosa y capaz de traicionar a la gente para acceder a cargos de poder. Con estas difamaciones y denigraciones se puso en entredicho su capacidad para la política.

 

En el segundo caso, la denuncia presentada por una candidata con datos protegidos fue en contra de la persona que administra y/o generó información difundida en la página de Facebook “Umán sin Censura”, en la que se reprodujeron  estereotipos de género, causando una afectación injustificada en su imagen, honra o dignidad, condición que vulneró desproporcionadamente su derecho a la participación política en el proceso electoral municipal.

 

El magistrado explicó que dichas publicaciones, en el contexto de una elección municipal, en la que la quejosa era una de las dos mujeres contendientes frente a tres candidaturas de hombres, se observa toda la intención de descalificarla, basándose en estereotipos de género que reproducen la idea machista de que una mujer, en política, no puede ganarle a un hombre.

 

En ambos expedientes, el TEEY determinó amonestar públicamente a los administradores de las páginas y los perfiles de Facebook involucradas en los hechos. Además, como medida de reparación, fueron inscritos en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, por el plazo de tres años.

 

 

En otros asuntos, se declararon inexistentes los agravios planteados por el PAN y Morena en el expediente PES-016/2024, en contra del excandidato del PRI a la alcaldía de Telchac Puerto por supuestamente contravenir las normas sobre propaganda política y violación de los principios de imparcialidad y equidad en la contienda electoral.

 

 Y por último, se amonestó públicamente al Partido Verde Ecologista de México al vulnerar la equidad de la contienda, al difundir los promocionales de radio y televisión “YUCATÁN PROG SOC”, tras analizar el expediente PES-019/2024, promovido por el PRD.